Micelio
Auto5 de octubre de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Marta Ximena Ochoa Sanchez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Representante de la Federación Colombiana de Víctimas de las FARC solicita a la Corporación vigilar el cumplimiento de las Sentencias C-379/16 y C-253A/12, con el fin de que se ordene al Presidente de la República que se abstenga de firmar el Acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, hasta tanto se acredite el cumplimiento de las condiciones contenidas en dichas providencias, relativas a la permanencia de menores de edad en las filas del grupo armado ilegal, así como de aquellos sometidos a trabajo forzado.

Igualmente solicita, que se ordene al Registrador Nacional del Estado Civil, que se abstenga de ejecutar las actividades y gestiones propias de la celebración del plebiscito, hasta tanto se verifique la acreditación mencionada.

Concluye la Corte, que el ordenamiento jurídico al cual debe ceñirse en materia de la aplicación del procedimiento judicial, no dispone de un instrumento para vigilar el cumplimiento de los fallos de constitucionalidad, ni tampoco podría, prima facie, preverlos, puesto que las estas sentencias carecen de órdenes específicas de protección de derechos, que puedan ser objeto de posterior verificación respecto de los obligados a cumplirlas.

Esto, merced del carácter abstracto de dicho control jurisdiccional.

DENEGADA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional,
  2. RESUELVE
  3. NEGAR la peticion presentada ante la Corte por la ciudadana Marta Ximena Ochoa Sanchez, conforme los considerandos de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.